Se publica en el DOF el acuerdo por el que se crea el Consejo Editorial de la Revista del Consumidor

Publicado el 5 de enero de 2026, 11:35

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 2 de enero el acuerdo por el que se crea el Consejo Editorial de la Revista del Consumidor, órgano colegiado e interdisciplinario que revisará, opinará y promoverá la difusión de contenidos y materiales que se integrarán en cada número de la revista con apego a la política editorial establecida. El acuerdo entró en vigor un día después de su publicación.

La integración de dicho Consejo fue anunciada el pasado 25 de noviembre en un evento protocolario encabezado por el titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Iván Escalante Ruiz, en el que se dieron a conocer los nombres y perfiles de las personas que lo integrarán, todas ellas con una trayectoria y prestigio, reconocidas en los ámbitos editorial, científico, cultural o en la promoción de derechos de las personas consumidoras.

El Consejo Editorial sesionará de manera ordinaria tres veces al año, cada cuatrimestre, y también se efectuarán sesiones extraordinarias cuando se estimen necesarias. Se llevarán a cabo de manera presencial o de forma remota cuando así lo amerite.

Este órgano colegiado estará presidido por el titular de la Secretaría de Economía o quien éste designe. La Secretaría Técnica estará encabezada por el titular de la Profeco en turno, y la Secretaría Ejecutiva estará dirigida por la persona titular o encargada de la Coordinación General de Educación y Divulgación.

Las personas integrantes del Consejo Editorial tendrán derecho a voz y voto y quien preside tendrá voto de calidad. La participación de todos será de carácter honorífico por lo que su colaboración no estará sujeta a remuneración o retribución alguna. El encargo durará tres años y con posibilidad de renovar por un periodo igual una sola vez.

La solicitud para renovar periodo y las propuestas de nuevos integrantes se deberá solicitar con un mes de anticipación a la presidencia del Consejo y siempre se procurará la equidad de género.

Las y los consejeros podrán ser sustituidos o removidos antes de la conclusión de su periodo si faltan a tres sesiones consecutivas de forma injustificada o a seis de manera aislada en un plazo de dos años.

A fin de enriquecer los contenidos, previo consenso, el Consejo Editorial podrá invitar a sus sesiones ordinarias o extraordinarias a una o más personas especialistas que le brinden asesoría en temas o áreas de conocimiento que se consideren necesarias, estas personas tendrán derecho a voz pero no a voto.

Las decisiones serán tomadas por consenso de las y los integrantes del Consejo, en aras de garantizar que los materiales y contenidos sean pertinentes y estén apegados a la normatividad aplicable y a la política editorial establecida.

El Consejo Editorial tendrá entre sus funciones: elaborar y aprobar sus Reglas de Operación y Funcionamiento; determinar y emitir la política editorial de la Revista del Consumidor; opinar sobre los temas prioritarios en materia de consumo, dentro de las publicaciones de la revista, a fin de informar y fomentar la educación de las personas consumidoras, respecto a los bienes, productos y servicios.

También promover el consumo informado, razonable, sustentable y saludable en la población consumidora; garantizar que la revista cuente con altos estándares de calidad y actualizar su contenido asegurando una publicación constructiva y eficaz; fomentar los derechos de las y los consumidores, así como proponer la publicación de recomendaciones, sugerencias de productos y servicios, alertas de riesgos y mejores prácticas de consumo, así como fomentar la difusión de información sobre derechos de las personas consumidoras en un lenguaje accesible, incluyente y no sexista.

Contará con una Junta Editorial que se reunirá cada mes con la finalidad de revisar los contenidos de la Revista del Consumidor del mes siguiente. La Junta Editorial estará presidida por el titular de la Profeco, la persona titular de Coordinación General de Educación y Divulgación, las personas titulares de las Subprocuradurías, de las Coordinaciones Generales y las y los titulares de la Dirección General del Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor, la Dirección General de Difusión y de la Dirección Editorial.

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